Prueba de la inexistencia de incremento de valor a efectos del IIVTNU (RF 26/20 23 de Junio de 2020 al 29 de Junio de 2020)

Se admiten las escrituras públicas como medio de prueba de la inexistencia de incremento de valor en la transmisión del terreno, aunque no se distinga en ellas el precio de suelo y construcción, o aunque no se recoja en la escritura de adquisición el valor individualizado de cada inmueble.