Para adaptar la normativa foral a lo dispuesto en territorio común por el RDL 6/2022, que adopta medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra de Ucrania, se prorroga la aplicación del tipo reducido del IVA al suministro eléctrico.
Para adaptar la normativa foral a lo dispuesto en territorio común, se prorroga la aplicación de los tipos reducidos al suministro eléctrico y a las entregas de bienes, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de bienes utilizados contra el COVID-19.
Se adapta la normativa foral a las modificaciones introducidas a nivel estatal y así, se declara exenta la compra de bienes y servicios por la Comisión u órgano similar en el ejercicio de sus funciones para afrontar el COVID-19. Además, se prorrogan medidas tributarias ya establecidas, así como los límites para aplicar el régimen simplificado y el REAGP en el 2022.
Se introducen medidas para adaptar la normativa foral a lo dispuesto en territorio común. De un lado, se persigue reducir los costes de la factura final eléctrica y de gas natural y contrarrestar los efectos del COVID -19, mediante la ampliación de la vigencia temporal de tipos reducidos en material sanitario y mascarillas. Además, se determina a quién corresponde la exacción del impuesto en los regímenes especiales de ventanilla única y se prorroga para el periodo impositivo 2022 los límites para la aplicación del régimen simplificado y el REAGP.