La coincidencia de señalamientos del letrado no es, per se, justa causa para la incomparecencia de la parte al acto de conciliación y juicio. Para que proceda la suspensión del acto judicial y el señalamiento de nueva fecha para su celebración, el letrado debe notificar anticipadamente en tiempo y forma tal coincidencia o, en su defecto, acreditar su imposibilidad de hacerlo.
A partir del 19-1-2019 se establece expresamente en la LOPJ que: salvo que la ley lo prevea expresamente las actuaciones orales y vistas grabadas y documentadas en soporte digital no pueden transcribirse. Además las personas que pidan la tutela judicial se han de relacionar obligatoriamente con la Administración de justicia por medios técnicos cuando así se establezca en las normas procesales. Se especifica que la definición y validación funcional de los programas y aplicaciones informáticas se efectuará por el Comité Técnico Estatal de la Administración de Justicia Electrónica. Finalmente se establece, con carácter general, la obligatoriedad de realizar los actos de comunicación por medios electrónicos salvo que los sujetos involucrados no estuvieran obligados a utilizarlos o no fuese posible su uso.
Vulnera el derecho fundamental a la tutela judicial, por indefensión, que el Juzgado de lo social no se pronuncie razonadamente sobre la admisión o inadmisión de la prueba solicitada anticipadamente. Prueba cuya práctica se reiteró en el acto del juicio y que fue denegada, sin motivación, generando una protesta formal.
No se interrumpe la prescripción de la acción para reclamar diferencias salariales mientras se tramita el procedimiento en el que se reclama la declaración de existencia de la relación laboral entre las partes.
La reforma legislativa adapta la regulación de los medios de prueba a la realidad de los soportes electrónicos cotidianos, siendo las principales novedades las siguientes: 1. En el caso de impugnar la autenticidad de un documento público, en el modo […]
A partir del 1-10-2015 as peticiones de cooperación internacional se realizarán de conformidad con lo previsto en los tratados internacionales, las normas de la UE y las leyes españolas que resulten de aplicación. Se modifican los supuestos en los que cabe la denegación por los órganos jurisdiccionales españoles de la prestación de cooperación internacional eliminándose la referencia a la reciprocidad.
A partir del 1-10-2015 los letrados de la administración de justicia velarán porque los funcionarios de la oficina judicial publiquen en un lugar visible al público – el primer día hábil de cada semana – la relación de señalamientos del órgano judicial indicando la fecha, la hora de celebración, el tipo de actuación y el número de procedimiento.
Las instrucciones del CGPJ y de la Fiscalía General del Estado sobre uso y utilización de nuevas tecnologías son de obligado cumplimiento. Las actuaciones orales y vistas grabadas y documentadas en soporte digital no podrán transcribirse.
La conversación grabada por una trabajadora mientras el empresario la despide no atenta contra el secreto de las comunicaciones al ser parte de la misma, ni tampoco contra el derecho a la intimidad cuando se demuestra que no se refiere a la vida íntima de este último. La existencia de una situación de conflicto entre ambos, hace más razonable la decisión de grabar aunque luego no se difundiera ni se utilizara en el proceso social dónde sí se propuso como prueba.
El efecto positivo de la cosa juzgada se forma sobre lo que en realidad es el contenido de la resolución firme, y no sobre lo que hubiera debido ser. Por tanto, cuando las reclamaciones por los mismos conceptos corresponden a periodos diferentes, lo decidido en el primer proceso actúa como elemento prejudicial o condicionante del segundo.