Se elimina la obligatoriedad de la mascarilla en espacios interiores a partir del 20-4-2022, si bien sigue siendo preceptiva en determinados ámbitos laborales
La UE incluye los agentes reprotóxicos entre los riesgos relacionados con la exposición profesional de los trabajadores a agentes carcinógenos y mutágenos, y establece nuevos valores límite de exposición.
Se adaptan las disposiciones técnicas españolas relativas a la utilización por los trabajadores de EPIs a la normativa europea, a fin de armonizarlas con la terminología y los tipos de equipos europeos.
Se adapta al progreso técnico la normativa reguladora de la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo.
Establece nuevas normas y criterios de seguridad para el uso adecuado de los equipos a presión, su instalación, inspecciones periódicas, reparación y modificación.
El TS llega a conclusiones distintas en función de la normativa reguladora de la actividad.
El Ministerio de Sanidad publica un procedimiento de actuación para los servicios de prevención de riesgos laborales frente a la exposición al virus del COVID-19, que recoge recomendaciones sobre EPIs y guías de gestión del riesgo (https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/ccayes/alertasActual/nCov/documentos/Proteccion_Trabajadores_SARS-CoV-2.pdf)
Se modifica la lista de sustancias, mezclas y procedimientos, así como los valores límite de exposición profesional para determinados agentes cancerígenos.
La ITSS ha dictado un nuevo criterio técnico en relación a los riesgos psicosociales en el trabajo a fin de homogeneizar la normativa en todos los países de la UE, mediante la actualización de sus criterios técnicos vigentes en el ámbito de los riesgos psicosociales.
Como consecuencia de la reestructuración de los departamentos ministeriales, se modifica el número de vocales de la Comisión en el ámbito de la Administración General del Estado.