Cumplimiento y control de la aplicación del Convenio OIT sobre el Trabajo Marítimo, de 2006, en buques españoles (RS 44/20 27 de Octubre de 2020 al 02 de Noviembre de 2020)

Además de la Dirección General de la Marina Mercante, las organizaciones autorizadas también pueden llevar a cabo la expedición y renovación del certificado de trabajo marítimo y de la declaración de conformidad laboral marítima parte I.

Inspecciones marítimas a través de organizaciones reconocidas (RS 44/20 27 de Octubre de 2020 al 02 de Noviembre de 2020)

Se incluyen nuevos supuestos en los que una organización reconocida puede actuar en nombre de la Administración marítima española para la realización de las inspecciones a las que deben someterse los buques de bandera española. De esta forma se atiende al propósito de disminuir los tiempos de espera para la obtención de los certificados obligatorios por parte de los agentes intervinientes en el sector.