Con efectos a partir del 1-7-2021, se aprueban los siguientes modelos de IVA: el modelo 300, de autoliquidación trimestral, el modelo 320, de autoliquidación mensual para grandes empresas, el modelo 322, modelo individual de declaración mensual para los Grupos de entidades, el modelo 330, de autoliquidación sobre Registro de devoluciones mensuales y el modelo 369 de autoliquidación en las ventas a distancia de bienes. Asimismo, se determinan las formas y el procedimiento de presentación.
Se aprueba el modelo 035, de declaración de inicio, modificación o cese de operaciones comprendidas en los regímenes especiales aplicables a los sujetos pasivos que presten servicios a personas que no tengan la condición de sujetos pasivos o que realicen ventas a distancia de bienes o determinadas entregas nacionales de bienes.
Se adapta el modelo 036, de declaración censal de alta, modificación y baja en el censo de empresarios, profesionales y retenedores, para incorporar las novedades del IVA en relación con determinadas prestaciones de servicios y con las ventas a distancia de bienes.
Se adapta el modelo 036, de declaración censal de alta, modificación y baja en el censo de empresarios, profesionales y retenedores, para incorporar las novedades del IVA en relación con determinadas prestaciones de servicios y con las ventas a distancia de bienes.
Se modifican los Reglamentos que regulan las obligaciones formales y de facturación para adaptarse a la nueva regulación del comercio electrónico del IVA.
Se aprueba para el ejercicio 2021 la relación de actividades o programas que se declaran prioritarios, las condiciones y el procedimiento para su declaración.
De forma excepcional y transitoria se rebaja el tipo impositivo del IVA a determinadas entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de energía eléctrica, pasando del 21% al 10%.
Se aprueba el modelo 035, de declaración de inicio, modificación o cese de operaciones comprendidas en los regímenes especiales aplicables a los sujetos pasivos que presten servicios a personas que no tengan la condición de sujetos pasivos o que realicen ventas a distancia de bienes o determinadas entregas interiores de bienes.