Novedades como consecuencia de la DANA (RF 45/24 05 de Noviembre de 2024 al 11 de Noviembre de 2024)
Con efectos 7-11-2024 se establece que no se integran en la base imponible las ayudas directas a empresas.
Con efectos 7-11-2024 se establece que no se integran en la base imponible las ayudas directas a empresas.
Entre las medidas tributarias aprobadas como consecuencia de los daños ocasionados por el fenómeno DANA, se recoge una nueva exención aplicable en la modalidad AJD del impuesto en relación con la formalización de las moratorias de los préstamos y créditos.
Con efectos a partir del 7-11-2024, se declara la no integración en el Impuesto de determinadas ayudas directas y por daños personales concedidas a las personas afectadas por la DANA, a la vez que se prorroga el período voluntario de pago del segundo plazo del IRPF 2023.
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