Con motivo de los daños ocasionados por la DANA en esta comunidad autónoma, se aprueban nuevos incentivos fiscales destinadas a que la reposición de inmuebles y vehículos destruidos por las inundaciones, así como a los actos de declaración de obra nueva y división horizontal necesarios para la obtención de ayudas a para su regularización registral.
Entre las medidas adoptadas para la promoción de beneficios sociales y económicos de los proyectos que utilizan los recursos naturales de Galicia, se aprueba una nueva deducción en relación con la implantación de instalaciones o infraestructuras para la producción de energía renovable en determinadas áreas.
Entre las medidas tributarias aprobadas como consecuencia de los daños ocasionados por el fenómeno DANA, se recoge una nueva exención aplicable en la modalidad AJD del impuesto en relación con la formalización de las moratorias de los préstamos y créditos.
Se modifican los tipos de gravamen aplicables a las adquisiciones de viviendas habituales que no tengan la consideración de viviendas de protección oficial de precio máximo legal y se adapta la bonificación por adquisición de vivienda habitual por determinados colectivos.
El TS fija como doctrina jurisprudencial que en el caso de que en una escritura pública se formalicen la disolución y extinción de una comunidad de bienes dedicada a una actividad empresarial, junto con la segregación y adjudicación de los bienes a cada propietario, se ha de considerar como una única convención a efectos del impuesto.
El TEAC reitera la sujeción a la modalidad TPO de las adquisiciones de bienes usados por empresarios a particulares, incluso en caso de adquisición de bienes usados distintos del oro y otros metales preciosos, reconociéndose asimismo la compatibilidad con el régimen especial en el IVA.
La DGT cambia su criterio respecto al expediente notarial para la inmatriculación de un inmueble, aunque no resulte cuota a ingresar.
La DGT se pronuncia sobre las particularidades de la tributación de las escrituras públicas de novación de préstamos hipotecarios, así como las implicaciones fiscales de las conocidas como hipotecas duales, es decir, en los que una parte del préstamo queda sujeto a interés fijo y otra parte a interés variable.
Cuando como consecuencia de la extinción del condominio sobre el único bien común se produce la adjudicación a uno de los ex cónyuges, con compensación al otro, se genera un exceso de adjudicación, dependiendo la tributación del tipo de contraprestación que sea entregada.
El ejercicio del derecho de tanteo por el arrendatario sobre la vivienda que había entregado al banco unos años antes como dación en pago no está exento.