Interpretación de los acuerdos en el cómputo de los permisos (RS 28/20 07 de Julio de 2020 al 13 de Julio de 2020)
0 comentarios Envíe su comentario
Para establecer el día en que ha de iniciarse el cómputo de los permisos es necesario recurrir, en primer lugar, a la interpretación literal de lo establecido en los acuerdos de carácter colectivo.