Derecho a conocer la identidad de los accionistas
Las sociedades cotizadas, los accionistas de dichas sociedad con una participación del 3% del capital social, así como las asociaciones de accionistas que se hayan constituido y que representen, al menos, el 1% del capital social, tendrán derecho a conocer los datos correspondientes a los accionistas de la entidad, incluidos las direcciones y medios de contacto.