Situaciones susceptibles de ser revisadas en el IIVTNU con fundamento en la sentencia del TCo 182/2021 (RF 34/23 22 de Agosto de 2023 al 28 de Agosto de 2023)

Las liquidaciones provisionales o definitivas por el IIVTNU que no hayan sido impugnadas a la fecha de dictarse la sentencia del TCo 182/2021 (26-10-2021), no pueden ser impugnadas con fundamento en la declaración de inconstitucionalidad efectuada en la misma, al igual que tampoco puede solicitarse con ese fundamento la rectificación, ex LGT art.120.3, de autoliquidaciones respecto a las que aún no se hayan formulado tal solicitud al tiempo de dictarse la citada sentencia.

Posibilidad de utilizar el valor de referencia determinado por el Catastro Inmobiliario en el IIVTNU (RF 30/23 25 de Julio de 2023 al 31 de Julio de 2023)

A efectos de la aplicación de la no sujeción al IIVTNU por inexistencia de incremento de valor, o de la determinación de la base imponible del impuesto en el caso de que el sujeto pasivo alegue un incremento de valor inferior al determinado según el sistema objetivo, la LHL no establece que el valor de referencia determinado por el Catastro Inmobiliario sea el valor de transmisión del terreno.