Se ha aprobado el libro sexto del Código tributario de Cataluña, que integra el texto refundido de los preceptos legales vigentes en Cataluña en materia de tributos cedidos.
Para la cuantificación de la renta vitalicia reconocida como legado a satisfacer por los herederos, ante la ausencia de norma específica de valoración, la Dirección General de Tributos acepta la aplicación de las reglas previstas a efectos del ITP y AJD para los casos de pensiones.
Se amplía la mejora de la reducción personal en las adquisiciones por causa de muerte en los casos de parentesco.
Se elimina el límite cuantitativo de la base imponible que se recogía a efectos de la aplicación de las deducciones por razón de parentesco.
Si en la amortización del préstamo hipotecario formalizado por un matrimonio casado bajo el régimen de separación de bienes y cuyas cuotas están domiciliadas en una cuenta conjunta, el hecho de que se haya utilizado dinero privativo de los cónyuges, no significa que se tenga que considerar que se ha producido una donación, a cuyos efectos resulta determinante el porcentaje asumido por cada uno.
Se establece la obligatoriedad de presentación de determinadas autoliquidaciones del impuesto por determinados sujetos en el territorio de esta CA.
Con efectos desde el 3-1-2024, se adaptan los modelos 650 y 651 de autoliquidación del ISD a las últimas novedades legislativas aprobadas que afectan a este territorio. Los modelos existentes en papel, van a seguir teniendo validez hasta que se agoten sus existencias.
La aportación de las participaciones recibidas de una empresa familiar a una sociedad holding no implica necesariamente la pérdida de la reducción del impuesto siempre que se mantenga el valor de lo adquirido.