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Con efectos desde el 29-1-2025, se ha a cordado la extensión a los causahabientes con especial vinculación de los beneficios fiscales que se encuentren vigentes en la normativa autonómica para los grupos I y II de parentesco de la LISD, para lo cual se exige la inscripción en el Registro Autonómico de personas con especial vinculación (DLeg Extremadura 1/2018 art.20 bis a 20 quater redacc DL Extremadura 1/2025).Ahora, con efectos desde el 14-2-2025, se ha aprobado el modelo de solicitud y baja en el Registro Autonómico de personas con especial vinculación para la gestión del ISD, regulándose, entre otras cuestiones, la documentación que deberá acompañar al modelo, así como el lugar de su presentación.Con la presentación del modelo de solicitud se procederá a actualizar el Registro Autonómico de personas con especial vinculación. No obstante, la aplicación efectiva de los beneficios fiscales a los sujetos pasivos inscritos en él quedará condicionada a lo dispuesto en su desarrollo reglamentario.Consejería Hacienda y Administración Pública Extremadura Resol 7-2-25EDL 2025/1840, DOE 13-2-25
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