Las operaciones de cooperación colectiva llevadas a cabo por personas que realizan una red para conseguir dinero u otros recursos para financiar esfuerzos e iniciativas de estas personas u organizaciones (crowdfunding o micromecenazgo) sin contraprestación a cambio, están sujetas al impuesto cuando quien recibe tales cantidades es una persona física.
Con efectos a partir del 1-1-2014, a efectos de la reducción en los casos de transmisión de participaciones inter vivos de una empresa individual o un negocio profesional o de participaciones en entidades, se permite la coexistencia en el ejercicio de labores de dirección por parte del donante y del donatario durante un plazo máximo de un año desde que se produzca la transmisión.