Bizkaia: modifición del DF IRPF en materia de Planes de ahorro a largo plazo
Se desarrollan las condiciones para la movilización íntegra de los derechos económicos de los Planes de ahorro a largo plazo
Se desarrollan las condiciones para la movilización íntegra de los derechos económicos de los Planes de ahorro a largo plazo
Se elimina la compensación fiscal aplicable a los seguros individuales de vida o invalidez
Se realizan modificaciones en el capital mobiliario destacando la limitación del gasto deducible de los rendimientos procedentes del subarrendamiento de viviendas
Se reduce el requisito de antigüedad exigido para la constitución de los PIAS y para los contratos de seguro de vida formalizados antes del 1-1-2007 transformados en PIAS
Se establece un tratamiento fiscal incentivador para los Planes de ahorro a largo plazo.
Se realizan modificaciones en el capital mobiliario destacando la distribución de la prima de emisión correspondiente a valores no admitidos a negociación y la tributación de un seguro por incapacidad, cuando la beneficiaria es una entidad de crédito hipotecaria
Se elimina la compensación fiscal aplicable a los seguros individuales de vida o invalidez
No se computa el rendimiento neto negativo de una donación de activos representativos de la cesión a terceros de capitales propios y se establece que la tributación de un seguro por incapacidad, cuando la beneficiaria es una entidad de crédito hipotecaria, es idéntica a la que hubiera correspondido al propio contribuyente.
Se reduce el requisito de antigüedad exigido para la constitución de los PIAS y para los contratos de seguro de vida formalizados antes del 1-1-2007 transformados en PIAS
No se computa el rendimiento neto negativo de una donación de activos representativos de la cesión a terceros de capitales propios y se establece que la tributación de un seguro por incapacidad, cuando la beneficiaria es una entidad de crédito hipotecaria, es idéntica a la que hubiera correspondido al propio contribuyente.
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