Prohibición del velo islámico en el lugar de trabajo
Es legítima una norma de la empresa que no permite a los trabajadores llevar signos visibles de sus convicciones religiosas en el lugar de trabajo que incluya únicamente a los trabajadores que están en contacto con clientes. Por otra parte, no constituye un requisito profesional esencial y determinante la voluntad del empresario de tener en cuenta los deseos particulares de un cliente para justificar el despido de una trabajadora que se niega a dejar de utilizar el velo.