Seguridad Social del personal laboral al servicio de las misiones diplomáticas y oficinas consulares
El personal laboral al servicio de misiones diplomáticas y de oficinas consulares españolas en los Estados miembros de la UE, del EEE y Suiza que hubieran optado en su momento por la legislación de seguridad social española y que permanezcan sujetos a la misma se asimilan, a estos efectos, a los funcionarios públicos.