Deducibilidad de las cuotas satisfechas a una asociación (RF 18/22 03 de Mayo de 2022 al 09 de Mayo de 2022)

Las cuotas satisfechas por los socios a su asociación no tienen, en principio, carácter deducible en el IRPF, salvo que, para el caso de asociaciones declaradas de utilidad pública, exista ánimo de liberalidad, cuestión de hecho que debe acreditarse por el interesado y valorarse por los órganos de gestión e inspección.