España ha notificado la conclusión de los procedimientos internos llevados a cabo sobre varios convenios de doble imposición al objeto de que surtan efecto las disposiciones del Convenio Multilateral BEPS.
Terminación del Canje de Notas relativo a la fiscalidad de los rendimientos del ahorro entre el Reino de los Países Bajos, en nombre de las Antillas Holandesas, y el Reino de España.
Procede el reembolso de los costes de la garantía aportada junto con los intereses legales, ya que lo que produce la anulación de la liquidación es la resolución administrativa por la que se anula la liquidación, en cumplimiento de dicho acuerdo amistoso.
La persona física no resultaría sujeta a imposición en España por el IP si adquiere su residencia fiscal en Suiza, conforme determina el CDI de aplicación.
Acuerdo entre España y la República de Filipinas sobre transporte aéreo, que establece la exención de impuestos o gravámenes sobre los beneficios e ingresos de las operaciones de servicios aéreos obtenidos por las empresas designadas por la otra parte.
El flete satisfecho por una entidad española a una entidad no residente se encuadra dentro de los beneficios procedentes de la explotación de buques o aeronaves en tráfico internacional, que resultan sujetos a imposición en el Estado donde esté situada la sede de dirección efectiva de la empresa armadora, no debiendo, como norma general, ser objeto de retención en España.
Denuncia por parte de los Países Bajos del Convenio entre los Países Bajos en nombre de las Antillas Holandesas y España en materia de intercambio automático de información sobre los rendimientos del ahorro en forma de pago de intereses.
Mediante la Ratificación del Convenio, España se compromete a aplicar las medidas relacionadas con los tratados fiscales para prevenir la erosión de las bases imponibles y el traslado de beneficios, sin perjuicio de ciertas reservas y declaraciones que ha planteado.