Determinación de la unidad esencial del vínculo en la sucesión fraudulenta de contratos temporales, a efectos de calcular la indemnización (RS 03/22 18 de Enero de 2022 al 24 de Enero de 2022)

En el caso de sucesión fraudulenta de contratos temporales, la aplicación de la doctrina de la unidad esencial del vínculo supone un criterio más relajado en la valoración del plazo que deba entenderse «significativo» como rupturista de la unidad contractual, debiéndose calcular la indemnización por despido improcedente desde la fecha de la suscripción del primer contrato temporal hasta la extinción de la relación laboral

Realización de distintas funciones a las desempeñadas por la trabajadora sustituida (RS 02/22 11 de Enero de 2022 al 17 de Enero de 2022)

La realización de funciones distintas a las desempeñadas por la trabajadora sustituida no desvirtúa el contrato de interinidad por sustitución siempre que el puesto de trabajo, objeto de la sustitución, quede identificado plenamente, ya que la interinidad por sustitución es totalmente compatible con el derecho de promoción del trabajador sustituto, así como su derecho a la carrera profesional, y no impide la utilización de la movilidad funcional.