Jornada de jugadores de fútbol sala profesional.

El nuevo convenio colectivo de jugadores de fútbol sala indica un máximo de 7 h/día o 40 h/semana, entre las que se incluyen los entrenamientos o preparación física y/o técnica programados por el club o entrenador. No computan a efectos de duración máxima de la jornada laboral los tiempos de concentración previos a la celebración de competiciones o actuaciones deportivas, ni los empleados en los desplazamientos hasta el lugar de celebración de las mismas.

Cláusulas abusivas conforme al criterio del TJUE

El TJUE declara que determinadas normas y determinada jurisprudencia española son contrarias a la Dir 93/13/CE. Además, establece los criterio a seguir por los jueces para la apreciación de la posible abusividad de las cláusulas contractuales en general, y de la de vencimiento anticipado en particular.