Audiencia previa al despido: alcance temporal y consecuencias del incumplimiento (RS 28/25 08 de Julio de 2025 al 14 de Julio de 2025)

El TS ha reiterado que la audiencia previa no puede exigirse en despidos disciplinarios anteriores a 18-11-2024, cuando se produjo el cambio jurisprudencial que generalizó la obligatoriedad de dicho trámite, sin que ello implique alterar la doctrina en relación con el alcance del cambio de jurisprudencia, ni establecer cánones de irretroactividad propios de las leyes. Esta limitación temporal no se aplica cuando la audiencia viene exigida en el convenio colectivo aplicable, en cuyo caso su incumplimiento determina la improcedencia del despido por defectos formales.