Aplicación de dos tipos reducidos a un mismo producto (RF 43/23 24 de Octubre de 2023 al 30 de Octubre de 2023)

Aunque el ingrediente principal sea el mismo y se satisface la misma necesidad del consumidor medio, es posible aplicar dos tipos diferentes siempre que los productos no presenten propiedades análogas o que las diferencias, incluidos los servicios que les acompañan, influyan considerablemente en la decisión de compra.