Desde el 28-12-2014, van a poder adoptarse y notificarse resoluciones de forma automatizada en los procedimientos de gestión tanto de la protección por desempleo como de las restantes prestaciones del sistema de la Seguridad Social , excluidas las pensiones en su modalidad no contributiva.
En consecuencia se atribuyen competencias para establecer con carácter previo el procedimiento o procedimientos de que se trate y el órgano u órganos competentes, según los casos, para la definición de las especificaciones, programación, mantenimiento, supervisión y control de calidad y, en su caso, auditoría del sistema de información y de su código fuente, al Director General del INSS o del SEPE y al Director del Instituto Social de la Marina, según proceda.
Actualidad jurídica
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