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Hasta el 31-1-2021, para ser beneficiario del programa de renta activa de inserción o del subsidio extraordinario por desempleo, no se exigirá a sus solicitantes que acrediten haber realizado previamente acciones de búsqueda activa de empleo. De este modo se suspende la aplicación del RD 1369/2006 art.2.1.b tercer párrafo y la LGSS disp.adic.27ª.4, párrafos a) y b), donde se regula esta obligación.RD 32/2020 disp.adic.1ª, BOE 4-11-2020
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