Los documentos contables integrantes en las cuentas anuales se pueden depositar en el RM en soporte magnético previa autorización de la DGRN (RRM 366.2º).
La presentación digital de las cuentas para su depósito exige, entro otros requisitos, la incorporación de la huella digital a la certificación del acuerdo del órgano social competente con el fin de poder asociar dicha certificación con las cuentas presentadas tanto a la identificación del órgano social competente para certificar el acuerdo de la junta general de aprobar las cuentas anuales, como a la identificación de las mismas cuentas que se presentan para su depósito (OM JUS/206/2009).
La falta de identificación, a través de la huella digital, de quienes emiten la certificación acreditativa de la aprobación de las cuentas anuales por la junta general de la sociedad impide relacionar de manera inequívoca las cuentas presentadas con la certificación emitida por el órgano de administración social, y, por tanto, constituye un defecto que impide el depósito de las cuentas anuales en el RM.
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