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Prórroga de los ERTE por fuerza mayor por impedimento o limitaciones de actividad. (RS 04/21 26 de Enero de 2021 al 01 de Febrero de 2021)

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Se prorrogan los siguientes ERTE:1. Los ERTE por fuerza mayor tramitados a partir del 1-7-2020 por impedimento en el desarrollo de la actividad como consecuencia de restricciones o medidas de contención (RDL 24/2020 disp.adic.1ª.2) vigentes en los términos de su resolución estimatoria, siéndoles de aplicación los porcentajes de exoneración en la cotización a la Seguridad Social previstos (RDL 30/2020 art.2.1) desde el 1-2-2021 hasta el 31-5-2021.2. Los ERTE por impedimento en el desarrollo de la actividad (RDL 30/2020 art.2.1) se mantienen vigentes en los términos de su resolución estimatoria. A los anteriores ERTE, les resulta de aplicación las medidas extraordinarias de cotización previstas durante el periodo de cierre y hasta el 31-5-2021.3. Asimismo, Los ERTE por limitación al desarrollo normalizado de la actividad (aprobados según el RDL 30/2020 art.2.2) se prorrogan automáticamente hasta el 31-5-2021.Los porcentajes de exoneración de estos ERTE, desde el 1-2-2021 se aplican respecto de las personas trabajadoras y respecto del abono de la aportación empresarial y cuotas por conceptos de recaudación conjunta (LGSS art.273.2). Son los siguientes:a) Cuando la empresa ha tenido menos de 50 personas trabajadoras o asimiladas a las mimas, en situación de alta en la Seguridad Social a 29 de febrero de 2020, respecto de las personas trabajadoras de estas empresas que tengan sus actividades suspendidas o jornadas reducidas, la exención de la aportación empresarial devengadas en los meses de febrero, marzo, abril y mayo de 2021, será el 100%, 90%, 85% y 80% respectivamente.b) Cuando la empresa ha tenido 50 o más personas trabajadoras o asimiladas a las mismas, en situación de alta en la Seguridad Social a 29 de febrero de 2020, respectos de las personas trabajadoras de estas empresas que tengan sus actividades suspendidas o jornadas reducidas, la exención de la aportación empresarial devengadas en los meses de febrero, marzo, abril y mayo de 2021 será el 90%, 80%, 75% y 70% respectivamente.Se mantiene el procedimiento y requisitos establecidos para las exoneraciones de cuotas (RDL 30/2020 art.2; RDL 2/2021, art.2.2 y 3)RDL 2/2021 art.1.2,1.3,1.4 y 1.5, BOE 27-1-21

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