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Se prorroga hasta las 24:00 horas del 31-5-2021 la restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros Estados a la UE y zona Schengen.Ahora bien, en principio se exceptúan de tal restricción a determinadas categorías de personas, entre las cuales está el personal de transporte, marinos y personal aeronáutico; el personal diplomático, consular, de organizaciones internacionales, militares, de protección civil y miembros de organizaciones humanitarias; y personas por fuerza mayor, situación de necesidad o motivos humanitarios.Pero, desde las 24:00 horas del 1-5-2021 hasta las 24:00 horas del 31-5-2021, para afrontar el riesgo derivado de nuevas variantes del COVID-19 y de la situación epidemiológica de algunos países, que ha llevado a establecer cuarentenas para personas que lleguen a España (concretamente, en vuelos procedentes de Brasil, Sudáfrica, Botsuana, Comoras, Ghana, Kenia, Mozambique, Tanzania, Zambia, Zimbabue, Perú y Colombia y, a partir del 1-5-2021, India, con o sin escalas intermedias), se levanta la excepción y no se permite la entrada a España cuando provengan en vuelos de esos países, salvo que sean:- residentes en España o Andorra;- ciudadanos españoles y su cónyuge o pareja de hecho inscrita;- ascendientes y descendientes de los anteriores que vivan a su cargo y viajen con ellos o para reunirse con ellos.OM INT/420/2021, BOE 30-4-21; OM INT/675/2020 redacc OM INT/420/2021, BOE 30-4-21
Actualidad jurídica
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