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El 1-6-2021 entra en vigor un conjunto de medidas de acción positiva dirigidas a promover el acceso al empleo ordinario de las personas con una capacidad límite. Se entiende por tales aquellas personas inscritas como demandantes de empleo y que acrediten oficialmente al menos un 20% de discapacidad intelectual y que no alcancen el 33%. Estas medidas son las siguientes:1. Se establece una subvención de 2.000 euros para las empresas, autónomos, sociedades laborales y las cooperativas a las que se incorporen como socios trabajadores las personas con capacidad limitada, por cada contrato que suscriban por tiempo indefinido con estas personas.Asimismo, las empresas o autónomos que contraten a las citadas personas mediante un contrato indefinido pueden solicitar al SEPE subvenciones destinadas a la adaptación de los puestos de trabajo, dotación de equipos de protección personal necesarios para evitar accidentes laborales o para eliminar barreras u obstáculos que impidan o dificulten el trabajo.2. Se consideran destinatarias finales del programa de empleo con apoyo las personas con capacidad intelectual límite.RD 368/2021 art. 1, 2 y 3, BOE 26-05-21; RD 1451/1983 redacc RD 368/2021, BOE 26-05-21; RD 870/2007 redacc RD 368/2021, BOE 26-05-21
Actualidad jurídica
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