Actualidad jurídica Suscríbase vía email

Junta general: desconvocatoria (RM 3/20 Marzo 2020)

3 
Con motivo de la declaración en España del estado de alarma para tratar de frenar la propagación del virus COVID-19, se han adoptado medidas urgentes y extraordinarias en diversos ámbitos, entre ellos el mercantil. En materia de convocatoria de la junta general se prevé que si la convocatoria se hubiera publicado antes de la declaración del estado de alarma (RD 463/2020, BOE 14 de marzo), pero el día de celebración fuera posterior a esa declaración, el órgano de administración podrá (RDL 8/2020 art.40.6):- modificar el lugar y la hora previstos para celebración de la junta; o – revocar el acuerdo de convocatoria mediante anuncio publicado con una antelación mínima de 48 horas en la página web de la sociedad y, si la sociedad no tuviera página web, en el BOE. En caso de revocación del acuerdo de convocatoria, el órgano de administración deberá proceder a nueva convocatoria dentro del mes siguiente a la fecha en que hubiera finalizado el estado de alarma.RDL 8/2020, BOE 18-3-20

Imprimir

Envíe su comentario:

(los campos con asteriscos son obligatorios)

Este Blog no dispone de servicio gratuito de asesoramiento, por lo que su comentario solo podrá ser respondido por otros lectores.

Si necesita una respuesta profesional, le recomendamos realice su pregunta desde el siguiente enlace desde donde podrá establecer un contacto privado con un abogado.

Acepto las condiciones legales

Debes superar la prueba del captcha antes de enviar el formulario. ¡Gracias!


Atención al cliente

Si tienes dudas ponte en contacto con nosotros a través de clientes@lefebvreelderecho.com o llamando al 91 210 80 00 o 902 44 33 55.

Por teléfono

Lo más rápido es llamarnos al 91 210 80 00 o 902 44 33 55, te atenderemos de 8:30h a 20:00h de Lunes a Viernes.

Envío gratis

Envío gratuito a partir de 30€ (excepto Canarias, Ceuta y Melilla).

Devoluciones

Hasta dos meses desde que recibes el pedido para devolver la compra si no has quedado satisfecho (excepto Producto Electrónico que son 15 días).