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Las subvenciones están dirigidas a:1. Fomentar la incorporación, con carácter indefinido, como socios trabajadores o de trabajo en cooperativas y sociedades laborales de desempleados y trabajadores con contrato de trabajo temporal, o indefinido que no sean socios trabajadores, o personas vinculadas a la cooperativa o sociedad laboral con contratos societarios de duración determinada.2. Apoyar el desarrollo de proyectos de creación y modernización de este tipo de empresas, mediante una mejora de su competitividad, incluida la constitución y desarrollo de cooperativas y sociedades laborales procedentes de un proyecto empresarial previo.Son compatibles entre sí, si bien su importe no puede superar el coste de la actividad financiada, o los costes derivados de los contratos si aquellas consisten en incentivos que cubran costes salariales y de Seguridad Social. Y son incompatibles con determinadas subvenciones que se concedan con el mismo fin (RD 1451/1983 art.7.2).El programa entra en vigor el 30-9-2021, si bien hay un plazo de un año para adaptarlo. Y deroga la regulación del programa anterior, al que sustituye (OM TAS/3501/2005).RD 818/2021 arts.8 y 82 s., BOE 29-9-21
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