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Gestión en el ISD

Con efectos a partir del 1-1-2019, la novedad más importante es la obligatoriedad de autoliquidar el impuesto. Así, se establece que los sujetos pasivos, al tiempo de presentar la declaración del impuesto, deben determinar la deuda tributaria correspondiente, practicar la autoliquidación de esta e ingresarla en el lugar, forma y plazos que establezca la persona titular del departamento competente en materia tributaria.
Además, como consecuencia de la obligación de gestionar el impuesto a partir de la autoliquidación, se introducen las correspondientes mejoras técnicas.

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