Las empresas que cotizan por la contingencia de formación profesional disponen durante 2012 de un crédito para la formación de sus trabajadores (RD 395/2007), que resulta de aplicar a la cuantía ingresada por la empresa en concepto de formación profesional durante 2011 el porcentaje de bonificación que, en función del tamaño de las empresas, se establece a continuación:
a) Empresas de 6 a 9 trabajadores: 100 %.
b) De 10 a 49 trabajadores: 75 %.
c) De 50 a 249 trabajadores: 60 %.
d) De 250 o más trabajadores: 50 %.
Las empresas de 1 a 5 trabajadores disponen de un crédito de bonificación por empresa de 420 €, en lugar de un porcentaje. Asimismo, pueden beneficiarse de un crédito de formación las empresas que durante 2012 abran nuevos centros de trabajo, así como las empresas de nueva creación, cuando incorporen a su plantilla nuevos trabajadores. En estos supuestos, las empresas disponen de un crédito de bonificaciones cuyo importe resulta de aplicar al número de trabajadores de nueva incorporación la cuantía de 65 €.
Las empresas que concedan permisos individuales de formación a sus trabajadores disponen de un crédito de bonificaciones para formación adicional al crédito anual por el importe que resulte de aplicar los criterios, pendientes de determinar, que se fijen por orden del MESS, teniendo en cuenta que, en cualquier caso, el crédito adicional para el conjunto de las empresas que concedan los mencionados permisos no puede superar el 5 % del crédito establecido por el SEPE para la financiación de las bonificaciones en las cotizaciones por formación profesional para el empleo.
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