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Establece procedimientos más rápidos, criterios de admisión más flexibles e inclusivos y derechos más amplios que los actuales, fundados en la Dir 2009/50/CE que se deroga, para la entrada y residencia de tales profesionales en los países de la UE.Los Estados miembros deben garantizar que el nivel de garantías y derechos que se conceden a los titulares de la tarjeta azul de la UE y los miembros de su familia sea al menos el mismo del que gozan los titulares de permisos de residencia nacionales, sin discriminación alguna por razón de sexo.La Directiva entra en vigor el 17-11-2021, si bien ha de ser traspuesta a los Estados miembros antes del 18-11-2023.Directiva (UE) 2021/1883, DOUE 28-10-21
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