Cuando en las sociedades no obligadas a verificación contable se solicita por los socios minoritarios el nombramiento registral de auditor de cuentas, no puede tenerse por efectuado el depósito de las cuentas anuales de una sociedad si no se presenta el correspondiente informe del auditor de cuentas.
Este impedimento subsiste aunque la designación del auditor solicitado por los socios minoritarios haya sido objeto de recurso y que dicho recurso se encuentre pendiente de resolución en el momento de efectuar el depósito de las cuentas en el RM.
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