Se autoriza a los trabajadores incluidos en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios, establecido en el RGSS, que hayan realizado un máximo de 55 jornadas reales cotizadas en el año 2018, a diferir el plazo reglamentario de ingreso de las cuotas por inactividad de los meses de enero, febrero, marzo y abril de 2019, que han de ingresarse mensualmente desde el mes de junio a septiembre de 2019, sin aplicación de recargo o interés alguno.
Para ello, los interesados deben presentar la solicitud antes del 12-2-2019, que han de ser resueltas por los titulares de las Direcciones Provinciales de la TGSS.
La no utilización del plazo de ingreso diferido, una vez autorizado el mismo, no va a dar derecho a la devolución de las cuotas ingresadas.
NOTA
Desde el 2-2-2019, queda sin efecto la TGSS Resol 23-1-19 ampliándose con esta nueva resolución a 55 (frente a las anteriores 50) el número de jornadas reales cotizadas en 2018 que se requieren para solicitar el diferimiento.
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