A partir del 1-1-2015, queda derogada la previsión normativa -introducida en la reforma de la Seguridad Social de 2011 y cuyos efectos se han ido aplazando en las sucesivas LPG- de dar cobertura obligatoria de las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales a todos los Regímenes de la Seguridad Social respecto de los trabajadores que causasen alta a partir del 1-1-2013, por lo que se mantiene vigente el régimen jurídico existente al 31-12-2012
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