La LO 1/2019 por la que se modifica el Código Penal para la transposición de diversas directivas de la UE en los ámbitos financiero y de terrorismo, amplía el catálogo de delitos que puede cometer una persona jurídica. En concreto:
1. Extiende la responsabilidad penal de las personas jurídicas a la comisión de cualquier tipo de delito de terrorismo, ya que antes se preveía solo para los delitos de financiación del terrorismo.
2. Incluye, sin perjuicio de las excepciones del CP art.31 quinquies, el delito de malversación para aquellas personas jurídicas que por cualquier motivo gestionen recursos públicos o de cualquier otro modo estén encargadas del erario público.
Estas modificaciones entran en vigor el 13-3-2019.
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