Cometen un delito de inmigración ilegal quienes dirigen y pilotan la patera con la intención de introducir ciudadanos extranjeros en España, no interviniendo los restantes viajeros en esa función.
Así pues, los acusados no hicieron el viaje como inmigrantes que buscaban quedarse en España, sino como auténticos tripulantes de las embarcaciones que arribaban a la costa española.
Y no puede apreciarse en ellos la eximente completa o incompleta del estado de necesidad debido a su supuesta precariedad económica, bajo el argumento de por ello arriesgaban sus vidas cruzando el mar Mediterráneo en una patera, pues ambos viven de transportar por mar a sus conciudadanos indigentes de un país a otro, ya sea actuando por su propia cuenta o por encargo de los terceros que pudieran organizar los viajes. Por tal labor cobran cantidades de dinero que impiden hablar de penuria económica y de situación de necesidad. No puede colegirse, pues, que nos hallemos ante sujetos que no pueden acudir a medios alternativos a una actividad delictiva grave para solventar sus problemas económicos.
Actualidad jurídica
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