Las sociedades gestoras de entidades de inversión de tipo cerrado (SGEIC) deben remitir a la CNMV las cuentas anuales individuales con los correspondientes informes de gestión y auditoría. El plazo de remisión de dicha documentación se modifica a partir del 30-6-2019, y pasa de ser de 4 meses a 6, por lo que las SGEIC deberán realizar el envío de sus cuentas anuales antes del 30 de junio del siguiente ejercicio.
En cuanto a la forma de presentación ante la CNMV de dicha documentación, así como del informe anual que deben publicar por cada una de las ECR o EICC que gestionen, a partir del 30-6-2019 deberá hacerse a través del servicio CIFRADOC/CNMV, en el registro electrónico de la CNMV como documento electrónico normalizado. Dicho documento electrónico comprenderá, al menos, el envío de los siguientes documentos:
a) Cuentas anuales e informe de gestión, debidamente firmados por todos los miembros del consejo de administración de la gestora o los administradores, según corresponda, junto con el informe de auditoría. Todas las firmas deberán estar debidamente identificadas y si faltase alguna firma se señalará esta circunstancia con expresa indicación de la causa.
Cuando se remita el informe anual también se deberá incorporar todo cambio material en la información proporcionada a los partícipes o accionistas que se haya producido durante el ejercicio objeto del informe y la información sobre remuneraciones.
b) Una declaración del secretario del consejo de la sociedad donde se exprese:
– que la documentación remitida (las cuentas anuales y el informe de gestión) es copia de la original formulada;
– que las cuentas anuales y los informes de gestión enviados se corresponden con los auditados; y
– que los informes de auditoría son copia de los originales.
Además, se deberá cumplimentar obligatoriamente un formulario que contendrá como mínimo los datos identificativos y los importes financieros de las SGEIC o, en su caso, ECR que figuran en el modelo incluido en el citado trámite.
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