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Esta Unidad especial, de ámbito nacional, en lo que aquí interesa tiene las siguientes funciones:1. Es el organismo de enlace con la ALE (Autoridad Laboral Europea) y coordina todas las acciones relacionadas con la movilidad laboral, la lucha contra el fraude en el trabajo transnacional y el trabajo no declarado en el ámbito del EEE, tanto cuando España sea el Estado de origen como el de destino de dicha movilidad.2. Participará en los procedimientos relativos a la legislación aplicableen materia de Seguridad Social de acuerdo con los procedimientos de colaboración que se establezcan.3. Coordinará, organizará y participará en actuaciones inspectoras relacionadas con la normativa sobre movilidad laboral, lucha contra el fraude en el trabajo transnacional y el trabajo no declarado en la UE.4. También se ocupará del intercambio de información y cooperación administrativa con otros Estados de la UE principalmente a través de los Sistemas de Información del Mercado Interior. OM TES/967/2020, BOE 16-10-20
Actualidad jurídica
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