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Cotización en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios durante 2012

Durante el año 2012, en relación con la cotización en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios del RGSS, se fijan las siguientes particularidades:
a) No es de aplicación la cotización adicional por horas extraordinarias prevista para el RGSS (L 39/2010 art.132.Dos.3).
b) Independientemente del número de horas de trabajo realizadas en cada jornada, la base de cotización no va a poder tener una cuantía inferior a la de la base mínima diaria del grupo 10 de cotización establecida para los períodos de actividad.
c) Para los trabajadores incluidos en el grupo 1 de cotización no va a ser de aplicación las previsiones sobre reducción en la aportación empresarial en la cotización por contingencias comunes durante las situaciones de IT, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural, así como de maternidad y paternidad causadas durante los períodos de actividad de los trabajadores con contrato indefinido (L 28/2011 art.4.4.a.1º).

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