La orden de cotización no contiene ningún desarrollo respecto a lo establecido en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2013. Se fijan de modo idéntico al señalado en la ley las bases y tipos de cotización por contingencias comunes, diferenciado las de cobertura obligatoria y la mejora voluntaria de la IT, y por contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
Actualidad jurídica
Suscríbase vía email
Comentarios: 0 comentarios