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Aplicación en el Espacio Económico Europeo de las normas comunitarias de contingencia ante un Brexit sin acuerdo

Las medidas de contingencia en el ámbito de la coordinación de la Seguridad Social para el supuesto de un Brexit sin acuerdo contenidas en el Rgto UE 2019/500 se aplicarán también en Noruega, Islandia y Liechtenstein. En estos Estados de la Asociación Europea de Libre Cambio (AELC) -EFTA en sus siglas en inglés- resultan de aplicación los Reglamentos comunitarios de coordinación. Para ello se incorpora el citado Reglamento al Anexo VI del Acuerdo del EEE sobre esta materia (seguridad social).

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