Para la planificación por las mutuas de las actividades preventivas a desarrollar durante el año 2012 se prorrogan los criterios y prioridades ya establecidos para el año 2011, que son los siguientes:
1. Fomentar en las empresas de hasta 10 trabajadores, donde el empresario asume la actividad preventiva, políticas en materia de prevención de riesgos laborales que permitan promover la integración eficaz de la prevención de riesgos en la empresa, así como la mejora de su gestión, mediante la información, la sensibilización y el asesoramiento a sus empresas asociadas.
2. Fomentar en las pequeñas empresas cuya actividad se realice en las divisiones de actividad con mayor número de accidentes de trabajo graves y mortales en el año anterior, la integración de la prevención en la empresa, así como la mejora de su gestión, y promover la reducción de la siniestralidad en empresas con altos niveles de accidentalidad laboral, mediante la información, la sensibilización y el asesoramiento a sus empresas asociadas.
3. Elaborar y difundir estudios y análisis sobre las causas de la siniestralidad.
4. Colaborar con la Administración de la Seguridad Social en el mantenimiento del sistema de información, notificación y registro de enfermedades profesionales.
5. Elaborar y difundir códigos de buenas prácticas para la gestión y mejora continua de la prevención en la empresa.
6. Desarrollar actuaciones de investigación y análisis en el marco de programas de I+D+i.
7. Establecer un programa de formación, concienciación y asistencia técnica al trabajador autónomo.
8. Establecer un programa de actividades preventivas de ámbito suprautonómico o supraestatal que se encomienden a las mutuas, en relación con las competencias atribuidas a las mismas en materia de higiene y seguridad en el trabajo incluida en el ámbito de la Seguridad Social.
Actualidad jurídica
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