Efectos de la nulidad de ciertos preceptos relativos a las tasas judiciales

Tras la declaración por el Tribunal Constitucional de la nulidad de ciertos preceptos relativos a las tasas judiciales, la DGT aclara que, para los concretos supuestos declarados nulos, no procede pagar la tasa en los procedimientos interpuestos antes de la fecha de publicación de la sentencia en los que no se ha interpuesto aún demanda, o en los que, habiendo sido incoada, se ha requerido el pago de la tasa judicial pero aún no se ha hecho efectiva.