Obligación de retener de las entidades aseguradoras no residentes

Desde el 1-1-2016, se elimina de la LIRNR la mención a los representantes de entidades aseguradoras no residentes como obligados a practicar retención o ingreso a cuenta del IRNR.

Base para el cálculo de la obligación de retener e ingresar a cuenta del IRNR

Se especifican los pormenores del cálculo de la base del cálculo de las retenciones e ingresos a cuenta del IRNR en el caso de percepción por no residentes de capitales diferidos y de transmisiones o reembolsos de acciones o participaciones en instituciones de inversión colectiva, en ambos casos derivadas de primas satisfechas o acciones adquiridas antes del 31-12-1994.