Con efectos desde 1-1-2013 la Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria (SAREB) pasa a ser considerada una entidad de crédito a los efectos de la limitación de la deducibilidad de gastos financieros y también de los intereses y comisiones de préstamos que constituyan ingreso y que se le hayan transferido en virtud de su propia normativa (RD 1559/2012 art.48).
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