El TS
La demanda de conflicto colectivo solicita el pago de una indemnización por daños y perjuicios alegando vulneración del principio de igualdad, en base a que la empresa incrementó en 2012 y 2013 el salario de sus seis altos directivos, superando los límites previstos legalmente (RD 451/2012 y Ley de Presupuestos), mientras que congeló las retribuciones del resto de personal.
El TS confirma la sentencia de la AN, que desestima la demanda, señalando que el principio de igualdad ante la ley no significa un imposible derecho de igualdad en la ilegalidad, de manera que aquel a quien se aplica la ley no puede considerar violado el citado principio constitucional por el hecho de que la ley no se aplique a otros que la han incumplido. Y concluye que si se acreditaran incrementos prohibidos por las leyes, la consecuencia no podría ser nunca la superación de los límites presupuestarios para el resto del personal de la empresa, ni siquiera por la novedosa vía de los daños y perjuicios, porque si se hiciera así se vulnerarían frontalmente las normas presupuestarias.
Actualidad jurídica
Suscríbase vía email
Comentarios: 0 comentarios