El aumento del capital social de una SA unipersonal, con cargo a reservas, exige que el balance que sirve de base a la operación esté verificado por un auditor de cuentas, no siendo suficiente su aprobación por el socio único.
Dicha verificación contable constituye un requisito exigido en interés no sólo de los socios sino, especialmente, de los acreedores sociales, por lo que no puede prescindirse del mismo por el hecho de que el aumento de cuyo contravalor se trata haya sido decidido por el único socio de una sociedad unipersonal.
NOTA
Por razón de la materia a que se refiere, ha de entenderse que el criterio sustentado por la DGRN en esta resolución es aplicable, en iguales términos y con idéntico alcance, a la SRL unipersonal.
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